Análisis crítico de la “adopción abierta”: un cambio de paradigma de la institución adoptiva

Artículo de María Aranzazu Calzadilla Medina, de la Universidad de La Laguna.

Disponible en: https://opo.iisj.net/index.php/osls/article/view/1969

En ocasiones, la adopción de mayores de doce años en España no ha prosperado porque no prestaban su consentimiento al conocer que iban a dejar de tener relación con alguien de su familia de origen. El Código Civil español, desde 2015 permite, siempre que así interese a la persona que va a ser adoptada, que se pueda constituir una adopción fijando un régimen de visitas y comunicaciones a favor de miembros de la familia de origen. En este trabajo, mediante el método propio de la Ciencia del Derecho, se realiza un novedoso análisis de esta modalidad adoptiva, con sus pros y contras, destacando la flexibilización de la institución al primar legalmente la relación afectiva beneficiosa, algo que asegura el conocimiento de los orígenes. Asimismo, se posibilita la desinstitucionalización de quienes ya no pueden volver con su familia de origen y se encuentran bajo la tutela de la Administración Pública.